La Policía Municipal de Pichilemu (1894-1928) y su primera ordenanza

La Policía Municipal de Pichilemu fue una institución clave en los primeros años de organización de la comuna, reflejando los desafíos y prioridades de un municipio en pleno desarrollo. Creada en 1894, tras la instalación oficial de la Municipalidad, esta fuerza fue suprimida en 1928 con la creación de Carabineros de Chile, y fue el primer órgano local del orden y la seguridad.

Fundación y organización inicial

La primera sesión ordinaria de la Municipalidad de Pichilemu, celebrada el 22 de mayo de 1894, marcó el inicio de la Policía Municipal. En sus inicios, estuvo compuesta por diez hombres: un comandante designado por el gobierno central, un sargento, dos cabos y seis soldados. Los salarios variaban entre $50 mensuales para el comandante y $35 para los guardianes, lo que suponía un gasto considerable para el presupuesto municipal de la época.

El primer comandante provisional fue Francisco Adriano Caro, nombrado en la sesión de 3 de junio de 1894, mientras se esperaba la designación oficial del gobierno. En septiembre de ese año, el gobierno nombró a Rodelindo Castro Rojas, vecino de Rodeillo, como comandante titular. Sin embargo, Castro renunció pocos meses después debido a la exigencia de residir en la cabecera comunal. Su puesto fue ocupado por Joaquín Bravo, designado en agosto de 1895.

La Policía Municipal desempeñó un papel crucial en el resguardo de las poblaciones locales, el combate a los bandidos y la mantención del orden en una región que comenzaba a estructurarse, aunque el territorio de la comuna era mucho mayor al actual, comprendiendo parte de Marchigüe, Pumanque e incluso Peralillo (Población). Durante su primer año de operación, el municipio destinó más de una cuarta parte de sus ingresos a equipar y remunerar a esta fuerza de seguridad.

Su primera ordenanza

Una de las primeras tareas de la Municipalidad, comandada por el primer alcalde José María Caro Martínez, fue implementar la Ordenanza de Policía, aprobada en mayo de 1895. Este documento establecía funciones específicas para la fuerza policial, como combatir a los bandidos que operaban en los campos, mantener el orden en las estaciones ferroviarias en construcción y regular los negocios de bebidas alcohólicas. Además, debía recoger animales sueltos, conducir a los retenes a ebrios y malhechores, y cumplir las disposiciones emanadas por sus superiores.

La ordenanza fue aprobada por la Corporación municipal en su sesión de 19 de mayo de 1895 y ratificada en sesión extraordinaria de la Asamblea de Electores, celebrada el 26 de mayo de 1895. En esta reunión, presidida por el primer alcalde José María Caro, se deliberó extensamente sobre el asunto. Según los registros de la sesión, los electores aprobaron unánimemente la ordenanza bajo la condición de que se cumpliera en todas sus partes, “idea formulada por don Ramón Salazar, uno de los electores y apoyada con el voto unánime de todos los demás”. Además, se debatieron indicaciones como permitir cierta tolerancia para comerciantes establecidos en áreas restringidas por el artículo 6.º y la moralización de espacios cercanos a la escuela y el cuartel de policía.

El alcalde José María Caro, en su memoria de 1894, ya había anticipado la importancia de esta normativa. En su informe, destacó: “Impulsada esta Alcaldía por los deseos que tiene de cumplir en lo posible el cargo que la ley le impone, se vio en el caso de prohibir el comercio de las bebidas alcohólicas o fermentadas y al mismo tiempo ordenó que no era permitido ensuciar el agua que la gente de este puerto bebe”. Este enfoque reflejaba una visión integral que buscaba mejorar las condiciones higiénicas y sociales de la comuna. Caro también expresó su esperanza en que la nueva ordenanza de policía, presentada en esa ocasión, diera “mejores resultados porque contiene reglas más amplias de útil y fácil aplicación.”

El reglamento también incluía normas sobre el uso del espacio público y las costumbres locales. Algunas de las prohibiciones más destacadas fueron:

  • Construcciones en el balneario: Se prohibió construir ranchos en las playas para preservar su uso recreativo.
  • Baños y lavado de ropa: Estaba prohibido bañarse desnudo en la playa y lavar ropa sucia en el bebedero de Ortúzar, una pequeña laguna que proveía agua potable.
  • Riñas de gallos y curanderos: Se sancionó la organización de riñas de gallos, así como la práctica de curanderos y “meicos.”
  • Velorios de “angelitos”: Se prohibieron los velorios que derivaban en chinganas, celebraciones festivas en medio de un duelo.
Una comunicación del comandante de policía Pedro Emilio Peña, 7 de noviembre de 1909.

Legado y desaparición

La Policía Municipal de Pichilemu representó un esfuerzo, impulsado por una obligación legal, por dotar de seguridad y orden a una comuna en crecimiento. Sin embargo, la falta de recursos y la complejidad de implementar normativas, así como la dificultad propia de dar cobertura a un territorio extenso y diverso, limitó su trabajo. En 1928, con la creación de Carabineros de Chile, esta fuerza local fue disuelta, marcando el fin de una etapa en la historia de la comuna.

Hoy, las ordenanzas y registros de la Policía Municipal, como las actas de la Asamblea de Electores de 1895 y la memoria de José María Caro de 1894, ofrecen una ventana al pasado, permitiendo entender los valores, problemas y aspiraciones de una comuna que comenzaba a construir su identidad.